Tasas para motocicletas y vehículos de servicio público
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Porcentaje |
Rango avalúo |
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1.5% |
Motocicletas de más de 125 c.c. |
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0.5% |
Vehículos de transporte público |
Además, cada entidad recaudadora emite ciertos beneficios por pronto pago, que en el caso de Bogotá significan un 10% menos del impuesto a pagar, en caso de que se cancele antes del 18 de abril de 2008. De la misma forma se establece un plazo máximo que quedó fijado este año para el 18 de junio. Si se cancela después de esta fecha, se verá obligado a pagar una multa y una sanción que en muchos casos duplica el valor a pagar por impuestos (116.000). Los carros que le cancelan a Cundinamarca tienen el 20 por ciento de descuento hasta el 28 de marzo y la última fecha sin descuento es el 4 de julio.
Hace unos años estas operaciones se las sabían al ¿dedillo¿ todos los contribuyentes y las adelantaban a mano pero con el avance de la tecnología ahora se encuentran automatizadas. En la página de la misma Secretaría de Hacienda Distrital, se puede realizar la liquidación del impuesto en línea simplificando a su mínima expresión este trámite y hasta se puede imprimir el formulario completamente diligenciado, listo para ir a pagar.
Así se realiza la liquidación en línea
Para obtener la liquidación de manera automática, sin tener que realizar cuentas, ni aplicar porcentajes, ni ¿perder¿ un ojo entre los renglones de las tablas de avalúos, solo tiene que ingresar a la página de la Secretaría de Hacienda Distrital (www.shd.gov.co).
Una vez allí, debe hacer clic sobre la opción ¿liquidador de impuestos¿ que aparece en un recuadro de la columna derecha. En este lugar tendrá dos alternativas: Imprimir la liquidación sugerida por la entidad o hacer la liquidación manual del impuesto.
Si escoge la primera, el sistema le solicitará la placa de su vehículo y el número de cédula de la persona que figura como propietaria del mismo. Después de que oprima consultar el sistema le entregará toda la información diligenciada y las herramientas para que imprima su formulario que debe presentar a la hora del pago en la entidad bancaria. Recuerde que para que el formulario tenga validez, se requiere una impresora láser para que los códigos de barras funcionen correctamente. En este paso no tendrá que hacer nada más.
Pero si el sistema no le arroja ningún resultado y le dice que no figura como contribuyente, no se asuste, puede ser que el traspaso de su vehículo no haya sido ingresado en la base de datos de la SHD, que su vehículo sea nuevo o que los datos del propietario o su dirección de notificación no coincidan con los registrados en el sistema (traspasos abiertos).
En este caso, y en el de muchos usuarios que aún no creen el las bondades tecnológicas, está la forma tradicional de liquidar el impuesto.
Liquidación manual
Para proceder a esta liquidación se deben consultar las tablas de avalúos que se encuentran en la dirección www.mintransporte.gov.co, en www.motor.com.co o tener a mano el suplemento especial que publicó con las mismas la Secretaría de Hacienda el pasado sábado 23 de febrero con el periódico EL TIEMPO.
En esta tabla sólo se debe ubicar la marca, línea y cilindraje del vehículo en la primera columna y luego, el año del modelo en la columna 3. El punto de encuentro entre estas dos directrices indicará el valor del avalúo que se convierte en la base con la cual se debe calcular el impuesto.
Con este dato se remite a las tarifas (Cuadro 1) y le aplica el porcentaje respectivo de acuerdo al monto del avalúo. Por ejemplo:
Chevrolet Aveo GTI Coupé (1400c.c.) modelo 2006, matriculado en Bogotá
En la tabla del Ministerio este vehículo se encuentra con un avalúo de: 22.831.000 de pesos.
A este valor le aplicamos las tarifas de la SHD, que para el caso equivale al 1.5% por estar en el rango de (0-33 millones)
Entonces quedaría 22.831.000 x 1.5% = 342.465. (valor a pagar por impuesto = 342.000)
A este valor se le suman los derechos de semaforización = 31.000
Y si el pago se realiza antes del 18 de abril se resta el 10% de 342.000 = 34.200 (34.000)
¿ El valor total a pagar por la declaración del impuesto de vehículos en este caso es: 339.000.
Esta cifra es el valor a pagar por impuestos de su vehículo. Después de este proceso deberá comprar el formulario porque ya tendrá toda la información para diligenciarlo e ir cancelar ante las entidades bancarias.
El formulario tiene un costo de 1.900 pesos y se consigue en cualquier Panamericana, supermercados Cafam y Colsubsidio, droguerías afiliadas a Copidrogas y los Supercades de la 26 con 30 y Américas.
¿Qué hacer si mi carro no está en las tablas?
En caso de que no encuentre su vehículo en los listados de avalúos usted puede proceder así:
a) Si no es posible identificar la línea, pero sí la marca y la cilindrada, la base gravable (avalúo) será la establecida para el vehículo de la misma marca y cilindrada. En caso de haber más de una opción escoja la de menor valor, de acuerdo al modelo del vehículo.
b) Si no es posible identificar la cilindrada, pero sí la marca y la línea, el avalúo será el establecido para el vehículo de la misma marca y línea. Si hay varias opciones se procede de igual forma que en el punto anterior.
c) Si no se encuentran la marca, línea y cilindrada, se debe solicitar al Ministerio de Transporte su inclusión en la Tabla No. 1. y asignación de base gravable aportando fotocopia de la Licencia de Tránsito, factura de compra y/o manifiesto de importación, y fotocopia del SOAT.
Datos
1. Los vehículos que sean anteriores a 1983, tendrán como base gravable la correspondiente a los modelos de este mismo año que aparecen en la tabla de avalúos.
2. La base gravable para los vehículos Antiguos y Clásicos será igual al 50% del valor establecido para el modelo 1983, contenido en la tabla No. 1.
3. Los vehículos blindados tienen como base gravable la correspondiente de acuerdo a la marca, línea y modelo del automotor determinada en la Tabla No. 1, incrementada en un 10%.
4. La base gravable para los vehículos que entren en circulación por primera vez estará constituida por el valor total registrado en la factura de venta, sin incluir el IVA, o cuando sean importados directamente por el usuario propietario o poseedor, por el valor total registrado en la declaración de importación (artículo 90 de la Ley 633 de 2000).
¿Dónde se puede pagar?
Bancos autorizados para pagar el impuesto en Bogotá
¿ Banco BBVA Colombia
¿ Banco HSBC
¿ GNB Sudameris
¿ Banco Colpatria
¿ ABN AMRO BANK
¿ Banco Citibank
¿ Banco Popular
¿ Banco Santander
¿ Banco Davivienda
¿ Banco de Bogotá
¿ Banco de Crédito
¿ Banco de Occidente
¿ Bancolombia
Pagos por medios electrónicos (Internet, cajeros)
Si usted recibió en su casa el formulario diligenciado u obtuvo la liquidación automática sugerida por la SHD, entonces puede pagar a través de los siguientes medios electrónicos teniendo en cuenta el respectivo número de su formulario (Cuadro 3):
Cuadro 3
Recuerde que:
Si no quiere ser un deudor moroso por impuestos por un carro que le robaron, fue pérdida total o se lo confiscaron, debe cancelar la matrícula del mismo inmediatamente ante cualquier sede del Sett o la Secretaría de Tránsito de Bogotá.
¿Qué pasa si no pago?
Cuando la declaración del impuesto sobre vehículos automotores no se presenta dentro del plazo máximo establecido, la sanción por extemporaneidad es del 1.5% por mes o fracción de mes calendario de retardo, sobre el valor del impuesto a cargo sin exceder del 100% del impuesto, para impuestos no cancelados desde 2001 y del 5% por mes o fracción de mes para los impuestos sin pagar desde 2000 extemporáneas de las vigencias 2000 y anteriores.
Cuando los contribuyentes han declarado y pagado un valor inferior al que les corresponde la sanción por corrección es del 10% sobre la diferencia o el mayor valor a pagar entre la corrección y la declaración inicial.
RECUERDE: La sanción aplicable es la vigente al momento de la presentación de las declaraciones. En todos los casos ninguna sanción puede ser inferior a LA SANCIÓN MÍNIMA aplicable que es de $116.000.
Si para el caso del mismo Chevrolet al que le calculamos el impuesto, vamos simular que se pasó del último plazo (18 de junio) y su propietario cancela hasta el 18 de octubre, 4 meses después, debe tener en cuenta que.
1. Al valor de su impuesto (342.000) debe sumarle la sanción mínima (116.000) sin contar con los intereses de mora por los 4 meses que cobra la SHD, (tasa anual de 32.085%). Al final el propietario debe pagar 480 mil pesos aproximadamente.
Las Motocicletas
Para las motocicletas existen tres tablas en las que hay que buscar el avalúo, con la excepción de que aquellas cuyas cilindradas sean de menos de 125c.c. que solo pagan la semaforización para el caso de Bogotá.
Para las demás se debe seguir el siguiente comportamiento: se debe ubicar la marca correspondiente en la tabla No. 2 e identificar el grupo que le fue asignado (estas tablas también se encuentran en (www.mintransporte.gov.co).
Luego se debe ubicar en la tabla No. 3 el grupo que le corresponde por cilindrada. Por último, con los dos datos anteriores se debe ir a la tabla 4 en la que está el avalúo según el modelo correspondiente.
Todos los demás pasos se hacen de igual forma que para los automóviles.